La Junta Electoral Municipal de San Carlos de Bariloche aprobó el 13 de octubre el modelo de boleta única para elegir convencionales municipales constituyentes el 1 de noviembre de 2026. La resolución 137-JEM-26 formaliza la aprobación después de las correcciones solicitadas por los apoderados al modelo puesto a disposición el 2 de octubre. El documento y su anexo oficial muestran 13 listas.
El acto establece, de manera excepcional para esta elección, la incorporación de la fotografía del primer candidato titular de cada fuerza. Sus considerandos explican que la Junta consultó por escrito a las 13 agrupaciones: 11 se pronunciaron a favor y dos no emitieron opinión. La consulta fue no vinculante; esos números no son resultados electorales ni representan votos de ciudadanos.
La decisión se apoya en el artículo 149 de la Carta Orgánica Municipal y en los artículos 41, inciso 3, y 42 bis de la ordenanza 1953-CM-09. La resolución ordena publicar el modelo a escala real en el Boletín Oficial Municipal y en un diario de circulación provincial o municipal, además de notificar a los apoderados y al Tribunal Electoral Provincial.
La aprobación constituye un avance posterior al sorteo y al anuncio sobre las fotografías ya informados por La Rosca Electoral. El anexo aprobado incluye la fecha del 1 de noviembre en su encabezado. La elección renovará la Carta Orgánica mediante una convención de 15 integrantes titulares y 15 suplentes; esta resolución regula la boleta y no modifica esa convocatoria.
- A favor de incorporar foto11 fuerzas políticas
- Sin emitir opinión2 fuerzas políticas
- 15 convencionales municipales constituyentes titulares
- 15 convencionales municipales constituyentes suplentes
- · Resolución 137-JEM-26: aprobación del modelo de boleta única
- · Elección de convencionales municipales constituyentes
- Boleta única con 13 listas, según el modelo oficial aprobado.
- Fotografía del primer candidato titular autorizada excepcionalmente para esta elección.
- Consulta no vinculante a las fuerzas: 11 a favor y dos sin emitir opinión.
- Fundamento: artículo 149 de la Carta Orgánica y artículos 41, inciso 3, y 42 bis de la ordenanza 1953-CM-09.
- Publicación a escala real y notificación a apoderados y al Tribunal Electoral Provincial ordenadas por el acto.