Nación · Argentina Elección 17 de septiembre de 2026 Publicado 21 de sept de 2026, 08:19 Elección 2027

El Senado incorporó al trámite parlamentario el proyecto S-1494/26, presentado por Anabel Fernández Sagasti el 28 de agosto y dado cuenta en la sesión del 17 de septiembre. La iniciativa propone una ley de transparencia digital, regulación de contenidos sintéticos y protección de la integridad electoral. Su objeto es regular el uso de imágenes, audios y videos generados o alterados mediante inteligencia artificial en la propaganda y la comunicación electoral.

El texto obligaría a los proveedores de sistemas de inteligencia artificial a incorporar marcas de agua digitales o metadatos de procedencia. Los partidos, alianzas, candidatos y creadores que difundan contenidos audiovisuales sintéticos durante una campaña deberían advertir de manera visible o audible que fueron generados o modificados digitalmente. La propuesta preserva las obras artísticas, satíricas, humorísticas y de parodia política, salvo que exista una suplantación maliciosa destinada a manipular directamente la votación.

El proyecto también modifica el artículo 140 del Código Electoral Nacional. Propone penas de dos meses a dos años de prisión para la suplantación engañosa de candidatos o autoridades electorales y para la difusión deliberada de datos falsos sobre lugar, hora, documentos o reglas de votación con el fin de impedir el sufragio; la escala subiría de seis meses a cuatro años si interviene un candidato o una autoridad partidaria. Los jueces electorales podrían ordenar el etiquetado, la contextualización y, en supuestos excepcionales, la remoción o desindexación en un plazo máximo de 24 horas. Las plataformas que incumplieran una orden firme podrían recibir multas de 10 a 1.000 salarios mínimos por cada día de mora.

La Cámara Nacional Electoral sería la autoridad de aplicación y el proyecto crea un consejo consultivo de integridad y alfabetización digital electoral. El estado jurídico sigue siendo el de un proyecto: la ficha oficial registra su giro del 4 de septiembre a Asuntos Constitucionales, Legislación General y Presupuesto y Hacienda, pero no consigna dictamen, votación, aprobación ni sanción. En consecuencia, ninguna obligación o pena propuesta está vigente; el expediente abre un debate para las campañas de 2027 y deberá atravesar todo el trámite legislativo.

Cargos en juego
  • Cargos públicos electivos nacionales
Fechas clave
  • · Presentación del expediente S-1494/26
  • · Giro a Asuntos Constitucionales, Legislación General y Presupuesto y Hacienda
  • · El Senado dio cuenta del proyecto en sesión
Reglas y alcance
  • Propone rotulado visible o audible para contenidos audiovisuales sintéticos difundidos en propaganda electoral.
  • Propone marcas de agua digitales o metadatos de procedencia para contenidos generados por sistemas de inteligencia artificial.
  • Propone modificar el artículo 140 del Código Electoral Nacional para sancionar suplantaciones y datos falsos destinados a impedir o condicionar el sufragio.
  • Propone medidas cautelares de etiquetado, contextualización y, excepcionalmente, remoción o desindexación.
  • Propone que la Cámara Nacional Electoral sea la autoridad de aplicación.
  • El expediente no tiene dictamen, aprobación ni sanción y no modificó las reglas vigentes.
Documentación

Fuentes citadas

  1. Senado de la Nación — expediente S-1494/26Senado de la Nación
  2. Texto original del proyecto S-1494/26Senado de la Nación