Provincia · Santa Cruz Publicado 16 de oct de 2026, 08:06 Elección 2027

El Boletín Oficial de Santa Cruz publicó el 15 de octubre de 2026 tres resoluciones del Tribunal Electoral Permanente que declaran la caducidad de la personería jurídico-política de partidos municipales. Las decisiones fueron dictadas el 30 de septiembre y afectan a Juntos Podemos en Río Gallegos, Integración Ciudadana en Caleta Olivia y Todos por Chaltén en El Chaltén.

En los tres expedientes, el Tribunal consideró acreditada la falta de elecciones internas para renovar autoridades, pese a las intimaciones cursadas. Juntos Podemos e Integración Ciudadana habían elegido sus autoridades en agosto de 2019; Todos por Chaltén, en mayo de ese año.

FuerzaÁmbito municipalDecisión publicadaRegistro TEP
Juntos PodemosRío GallegosCaducidad de personería municipal43/2026
Integración CiudadanaCaleta OliviaCaducidad de personería municipal44/2026
Todos por ChalténEl ChalténCaducidad de personería municipal45/2026

Las resoluciones integran el tomo XLII del registro del Tribunal y aplican los artículos 49 y 50, inciso a, de la Ley provincial 1499. La causal invocada es no realizar elecciones internas durante cuatro años. Los expedientes son J-1823/18, I-1280/14 y T-1822/18, respectivamente; los textos completos se enlazan en la documentación.

La publicación oficial modifica la información disponible sobre la situación partidaria antes del proceso 2027, pero no fija una fecha electoral ni dispone la pérdida de cargos electivos personales. Los documentos no informan recursos posteriores ni certifican firmeza: la caducidad de una personería no debe presentarse como una inhabilitación personal para competir por otra vía legal.

Fechas clave
  • · Fecha de las tres resoluciones del Tribunal Electoral Permanente
  • · Publicación de los registros 43, 44 y 45 en el Boletín Oficial 6166
Reglas y alcance
  • Caducidad de la personería municipal de Juntos Podemos (Río Gallegos), Integración Ciudadana (Caleta Olivia) y Todos por Chaltén (El Chaltén).
  • Ley provincial 1499, artículos 49 y 50 inciso a: falta de elecciones internas durante cuatro años.
  • No fija fecha electoral ni dispone la pérdida de cargos electivos personales.
  • Los textos publicados no certifican la firmeza procesal de las decisiones.
Documentación

Fuentes citadas

  1. Boletín Oficial de Santa Cruz 6166 — TEP, registro 43/2026 (Juntos Podemos)Tribunal Electoral Permanente de Santa Cruz
  2. Boletín Oficial 6166 — TEP, registro 45/2026: Todos por Chaltén
  3. Boletín Oficial 6166 — TEP, registro 44/2026: Integración Ciudadana